Rescatar un plan de pensiones y el momento que decide cuánto se paga a Hacienda
Lo que se cobra de un plan de pensiones tributa como un sueldo. Cuándo se aplica la reducción del 40 %, qué plazos hay y por qué cobrarlo todo de golpe puede salir caro.
- 1El dinero de un plan de pensiones tributa como rendimiento del trabajo.
- 2Lo aportado hasta 2006 cobrado en capital puede tener una reducción del 40 %.
- 3Esa reducción tiene plazo: el año de la jubilación y los dos siguientes.
Durante años, el plan de pensiones fue ese producto que se contrataba en diciembre para rebajar la declaración de la renta. Llega la jubilación y aparece la otra cara: el dinero acumulado hay que cobrarlo, y Hacienda lo trata de una manera que sorprende a muchos ahorradores. No como una ganancia de una inversión, sino como si fuera un sueldo.
Por eso la decisión de cuándo y cómo rescatar un plan pesa tanto como la cantidad acumulada. Este artículo explica las reglas del IRPF que se aplican, con la reducción del 40 % que todavía existe para el dinero más antiguo y sus plazos.
Es la categoría del IRPF en la que tributan los sueldos y las pensiones públicas. La ley incluye también ahí lo que se cobra de un plan de pensiones, de modo que se suma al resto de ingresos del año y tributa con la escala progresiva.
Todo lo que sale del plan tributa como un sueldo
Las prestaciones de los planes de pensiones son, según el artículo 17 de la Ley del IRPF, rendimientos del trabajo. Da igual que una parte sea dinero aportado y otra rentabilidad: todo lo que se cobra se integra en la base general del impuesto del año en que se recibe. Cuanto más se cobre en un mismo año, más alto será el tramo de la escala que se alcanza.
Como referencia, la escala estatal del IRPF va del 9,5 % para los primeros 12.450 euros al 24,5 % por encima de 300.000 euros, y a ella se suma la escala de cada comunidad autónoma.
Tres formas de cobrarlo
| Forma | Cómo se cobra | Efecto en el IRPF |
|---|---|---|
| Capital | Un único pago, inmediato o diferido | Todo se suma a la renta de ese año |
| Renta | Dos o más pagos periódicos, al menos uno al año | Cada año tributa solo lo cobrado |
| Mixta | Una parte en capital y otra en renta | Permite repartir la carga y aprovechar la reducción |
Formas previstas en el artículo 10 del Reglamento de planes y fondos de pensiones.
La reducción del 40 %, solo para el dinero anterior a 2007
La reforma del IRPF de 2007 eliminó la antigua reducción para el cobro en forma de capital, pero dejó un régimen transitorio. La parte del plan que corresponde a aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006, cobrada en forma de capital, puede reducirse un 40 %. Tiene que haber pasado más de dos años desde la primera aportación hasta la jubilación. Para personas con discapacidad, en sistemas constituidos a su favor, el porcentaje es del 50 %.
En la forma mixta, el propio ahorrador decide qué parte del capital corresponde a esas aportaciones antiguas, lo que permite concentrar la reducción donde más se aprovecha.
El plazo que muchos dejan pasar
La reducción no se puede aplicar en cualquier momento. La disposición transitoria duodécima de la Ley del IRPF fija estos plazos:
- Jubilaciones desde 2015: el año de la jubilación o los dos siguientes.
- Jubilaciones entre 2011 y 2014: hasta el final del octavo año siguiente.
- Jubilaciones de 2010 o anteriores: el plazo terminó el 31 de diciembre de 2018.
Fuera de ese plazo, el capital tributa entero, sin reducción. La Agencia Tributaria recuerda que, como regla, la jubilación se produce cuando se accede a la pensión de la Seguridad Social.
Un ejemplo para ver la diferencia
Luis se jubila en 2026 con un plan de 60.000 euros. De ellos, 20.000 corresponden a aportaciones hechas hasta 2006 y su rentabilidad.
| Ejemplo ilustrativo | Todo en capital en 2026 | Capital de lo antiguo y renta del resto |
|---|---|---|
| Parte anterior a 2007 cobrada en 2026 | 20.000 € | 20.000 € |
| Reducción del 40 % | −8.000 € | −8.000 € |
| Resto del plan cobrado en 2026 | 40.000 € | 4.000 € (de 40.000 en diez años) |
| Se suma a la pensión pública en 2026 | 52.000 € | 16.000 € |
Cifras ficticias. Muestran solo la parte que se añade a la base imponible del año; el impuesto final depende de la pensión, de la comunidad autónoma y de otras rentas. No es una recomendación.
En la primera columna, los 52.000 euros se suman de golpe a la pensión de ese año y buena parte tributará en los tramos altos. En la segunda, la base del primer año es mucho menor y el resto se reparte en ejercicios futuros. Ninguna opción es mejor para todos: depende de la pensión pública, de otras rentas y de las necesidades de liquidez.
Varios planes y el rescate a los diez años
Si una persona tiene varios planes, la Agencia Tributaria, siguiendo una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 2022, admite aplicar la reducción a todo el capital cobrado por la misma jubilación en el año de la contingencia y los dos siguientes, no solo en un ejercicio. Mover dinero entre planes con el único fin de multiplicar la reducción puede ser cuestionado.
Desde el 1 de enero de 2025 también se puede disponer del dinero aportado hasta el 31 de diciembre de 2015, sin esperar a la jubilación, por la regla de los diez años. La reducción puede aplicarse en ese rescate si se pide expresamente, pero entonces ya no podrá usarse después para la misma contingencia.
Antes de pedir el rescate
- Pida a la gestora el desglose de lo aportado antes y después de 2007.
- Anote la fecha de su jubilación y calcule cuándo vence el plazo de la reducción.
- Simule el efecto en su declaración con el programa oficial de la Agencia Tributaria o con un asesor fiscal.
- Si piensa vivir fuera, recuerde que la tributación cambia; lo explicamos en el artículo sobre la pensión en el extranjero. Y si va a vender su casa, lea cómo tributa la venta después de los 65.
Preguntas frecuentes
¿La reducción se aplica a la parte cobrada como renta?
No. La reducción del 40 % del régimen transitorio se aplica a lo cobrado en forma de capital que corresponde a aportaciones hasta 2006.
¿Me jubilé en 2023: aún estoy a tiempo?
Para jubilaciones desde 2015, el plazo es el año de la jubilación y los dos siguientes. En ese ejemplo, el último año sería 2025.
En resumen
Lo que se cobra de un plan de pensiones tributa como rendimiento del trabajo y se suma a la pensión pública. Solo lo aportado hasta 2006 y cobrado en capital tiene una reducción del 40 %, y únicamente en el año de la jubilación y los dos siguientes. Repartir el cobro puede reducir mucho el impacto en un solo año.
- Agencia Tributaria · Manual de Renta 2025, prestaciones en forma de capital · reducción del 40 % y varios planes
- Agencia Tributaria · Límites temporales de la reducción · plazos según el año de la jubilación
- BOE · Ley 35/2006 del IRPF · artículos 17 y 63 y disposición transitoria duodécima
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